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Enfoque económico de la infraestructura vial

La seguridad de la infraestructura vial no está clara en la iniciativa de ley 5431, su enfoque pareciera ser eminentemente económico. Incluso conforma una superintendencia en donde los desarrolladores estarían representados, además de las entidades financieras participantes de los proyectos.

Es de rescatar que en el último inciso se incluye a «los usuarios». Sería interesante conocer cómo se piensa dar esa representación dentro de esta supertintendencia, a quiénes se podrían considerar para reflejar la voz de quienes usan la infraestructura vial. Suponemos que no se está pensando en las empresas que tienen flotillas de camiones en desplazamiento diario, sino que también al usuario de la vía por razones de trabajo, estudio y viajes de tipo personal.

Buena parte de los accidentes de tránsito tienen una conexión con las carreteras en mal estado, las fallas en estándares de construcción, ausencia de una señalización apropiada a sus trazos y una larga lista de fallas que comienzan porque son un negocio, no una solución para evitar hechos de tránsito. Este tema lo toca en una parte la inciativa, pero no se ve cuál sería la forma de garantizarla. El enfoque integral de una infraestructura vial debiera incluir la seguridad de los usuarios con un enfoque social no solamente económico.

La obra gris debe incluir a las personas que la usan

El tránsito vehicular en todo el país tiene un control fragmentado. Hay un ente con una rectoría nominal pero irreal del Departamento de Tránsito de la PNC del Ministerio de Gobernación, 69 municipalidades que ayudan en la aplicación de la ley, 4 divisiones en el Ministerio de Comunicaciones Transportes y Obras Públicas y alrededor de 10 instancias dentro del Estado que tienen que ver con el control del tránsito, pero eso no ha preocupado a muchas administraciones de gobierno, ni a alguna legislatura para crear la Super Intendencia de Tránsito.

En cambio no sería raro que bajo intereses económicos si se cree la Superintendencia de Infraestructura Vial (SIVIAL), como si solo la obra gris importara. Cuando se revisa el Artículo 36 de la iniciativa, el Consejo Asesor no tiene una sola mención a sociedad civil. Lo más cercano es la Asociación de Periodistas de Guatemala (nombre y apellido), las cooperativas y el CACIF (nombre y apellido). En cambio se aplaude incorporar consultas con pueblos indígenas en casos de planificación en territorios donde el tema de pertinencia cultuar lo demande.

En el artículo 38; literal d), tiene algo con lo que APASIT concuerda completamente: Constituir un observatorio de seguridad vial que recomiende estrategias y acciones para prevenir accidentes de tránsito en la infraestructura vial. Sin embargo ya existe un Observatorio Nacional de la Seguridad Vial (ONSET), por eso debiera hacerse un esfuerzo en la Superintendencia de Tránsito, antes que una para la infraestructura, pues en seguridad quedaría por fuera los tros 4 pilares de la seguridad vial que son: gestión de la seguridad vial, vehículos seguros, usuarios seguros y respuesta tras accidentes, es decir que, según esta propuesta, todo se concentra en la infraestructura, por lo tanto no es una ley integral. Además que es fácilmente de plantear un recurso ante la Corte de Constitucionalidad pues hay varios artículos que podrían contradecir a la Constitución.

Para ser balanceado en el análisis, es loable el capítulo II, pues allí si se considera al usuario. Desde el Artículo 107 con la señalización, pasando por la instalación de sistemas o dispositivos para comprobar la seguridad y la operación en general de la infraestructura, hasta regular la publicidad. Nuevamente aquí hay una contradicción con la Ley de Tránsito (132-96) pues entra en conflicto al indicar que los desarrolladores deberán «permitir» a las autoridades hacer por ejemplo puestos de control. ¿Es necesario decir que los desarrolladores no pueden estar por encima de la autoridad del transito?

En general, esta ley tienen cosas muy buenas, pero es difícil que pase si se respetan todos los procesos. Y si pasa estaremos pendientes de ver en qué términos pues primero la vida, después la vida, seguido la vida y luego los negocios, aún cuando se pregone que es para dar más vida a la gente desempleada. Y en todo caso ¿por qué no se tiene el mismo interés en la Superintendencia de Tránsito y así organizar a la docena de insituciones que no lograr reducir la casi decena de muertos diarios en Guatemala?

apasit.guatemala@gmail.com

Instructores viales

El martes del 18 de agosto, se anuncia que el Departamento de Tránsito, de la Dirección General de la Policía Naciona Civil, del Ministerio de Gobernación del Gobierno, del Presidente Alejandro Giammattei, realizará una capacitación de una nueva promoción de instructores viales. Ese es un paso importante en la promoción de la seguridad en el tránsito. Este ejercicio está dirigido a las 69 Policías Municipales de Tránsito de todo el país.

El Departamento de Tránsito hace coordinaciones con las 69PMT de manera virtual

La información se dio a conocer en la Tercera Reunión de Unificación de PMT en plataforma virtual. APASIT ha revisado en qué consiste tal unificación, pero al menos en el sitio Web de las instituciones no queda claro en qué consiste. ¿Unificación de criterios para imposición de multas? ¿Para límites de velocidad? ¿Para puestos de control de alcoholemia? ¿Para capacitaciones? No hemos encontrado la respuesta en las autoridades. Tampoco han invitado a sociedad civil, al menos con 5 consultadas que tienen relación con APASIT, ninguna fue partícipe. Siempre hay algo de relación con empresas privadas pero pocas veces con entidades que representan a víctimas de la violencia vial.

APASIT está interesada en coadyuvar las acciones para disminuir muertes en el tránsito. El problema es multicausal por lo tanto debe tener en concurso de diferentes instancias, de manera transparente según lo que pregona el Sr. Presidente Giammatte en su Política General de Gobierno (PGG). Los datos que ofrece Abner Barrientos, desde la ONSET deben enviarse a OISEVI, pues eso ayudaría a que más personas podamos tener acceso a esta valiosa métrica.

Por tanta gente que nos ha escrito a apasit.guatemala@gmail.com ofrecemos dar seguimiento a estas acciones que preparan en diferentes instancias del Estado (Congreso -Comisión de Comunicaciones, Dip. Orellana-, PROVIAL, DGT, COVIAL y Caminos, 69PMT y sus Juzgados de Tránsito). Estamos en deuda con ustedes, pero no es falta de voluntad, es cuestión que las autoridades olvidan que su trabajo se desarrolla con los impuestos de cada persona que compra gasolina, llantas, automóviles y hasta una golosina, allí están pagando por el mantenimiento de la importante burocrasia estatal).

Estamos con los instructores viales pues hace mucha falta. Consultaremos sobre ¿quiénes son? ¿cuáles criterios de selección usaron? ¿cuál es el contenido de la instrucción? ¿qué medios de evaluación han previsto? Todo lo cual nos ayudará a dar un respaldo a la instrucción de seguridad vial que es vital para reducir los hechos de tránsito.

También nos interesa saber cómo el Instituto Nacional de Estadística (INE) lleva control de los datos sobre hechos de tránsito. Es importante que eso coincida con el ONSET. Nos llama la atención que los registros de multas de ONSET no incluyen los datos de las 69PMT.

Además de ser el ente rector de la seguridad vial, para reducir muertes en calles y carreteras, el Departamento de Tránsito entrega alimentos a personas afectadas por la pandemia.

¿Y la seguridad en carreteras para cuándo?

Nuestra red vial es vista como una obra gris. En muchos casos es un espacio negro, enlutece a miles de personas. Falta de señalización, fallas en peraltes, capas de asfalto dañadas (incluso por culpa de la corrupción), indiferencia de instancias fiscalizadoras como el Congreso y la Contraloría General de Cuentas) y una ciudadanía que se lo traga todo, no logra ver sus derechos ante un Estado cínico.

El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- es el ente responsable de la construcción de infraestructura vial. El enfoque es de obra gris. No se ve por donde están los criterios de seguridad vial. APASIT ha solicitado información, incluso invocando la Ley 57-2008 (Ley de Libre Acceso a la Información Pública), pero el CIV considera que puede también desobedecer esa ley. Mientras decenas de proyectos son adjudicados (con montos millonarios) sin que la seguridad vial sea una factor que determine a las ternas adjudicadoras.

http://www.ingenieros.es/noticias/ver/pinturas-tecnologicamente-avanzadas-para-una-carretera-mas-segura/4143

Segun el segundo pilar del decenio de la acción por la seguridad vial (que finaliza este año) la infraestructura vial es determinante para que las personas en sus vehículos lleguen bien a sus destinos. Si se revisan los reportes de los bomberos, la policía y los peritajes del Ministerio Público, el Estado vería cuánta responsabilidad hay en una infraestructura vial ineficiente, guiada por el menor costo en la obra pero la mayor ganancia en los arreglos para las adjudicaciones, los cuales cuestan vidas.

APASIT envió una carta el CIV pidiendo su intervención para corregir un problema en un trayecto entre los municipios quichelenses de Chajul y Nebaj, donde los vecinos ven cómo los vehículos regularmente se deslizan por un problema de una capa asfáltica de calidad deficiente. Ya se han reportado muertes, heridos y daños materiales, pero hasta hoy no ha habido respuesta de una acción del Estado en favor de una infraestructura vial segura.

apasit.guatemala@gmail.com

Urge revisar leyes viales

Hay dos instrumentos básicos de la seguridad vial en Guatemala; la Ley de Tránsito (Decreto 132-96) y el Reglamento (Acuerdo Gubernativo 273-98) sin embargo, con un análisis de Byron Ramírez, un asesor jurídico de la Asociación de Prevención y Atención de la Seguridad Integral en el Tránsito -APASIT- se desvela cómo el entramado jurídico no es para nada sencillo en Guatemala.

«Existe una atomización de entidades que trabajan en la seguridad vial» explica el abogado. «Comencemos por recordar que la ley mandata al Departamento de Tránsito a ser el rector de la seguridad vial pero al mismo tiempo se le permitió delegar esa alta responsabilidad en otras policías municipales de tránsito, allí se perdió el control» advierte Ramírez.

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Hasta el momento hay 69 municipalidades que aplican la Ley de Tránsito en su municipio, a eso hay que agregar que la Dirección General de Protección y Seguridad Vial -PROVIAL- del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- tiene al igual que la Dirección General de Transporte y otras entidades dentro de ese ministerio (Caminos, Covial y Fovial) otras atribuciones para mejorar el tránsito de los guatemaltecos; confluyen en una administración compleja. «PROVIAL es una especie de policía de tránsito en carreteras, pero sin autoridad para multar» explica el experto.

El Congreso no pareciera tener el interés en revisar todas la leyes implicadas en la seguridad vial como el Código Penal que por ejemplo, tiene un rol en los temas de homicidio culposo, una figura que ha quedado muy al criterio de los jueces. «Esperamos tener un acercamiento con legisladores de las comisiones de seguridad y de comunicaciones para ver si logramos impulsar una revisión que disminuya la impunidad vial» indica Ramírez.

byron.ramirezo@yahoo.com