Urge revisar leyes viales

Hay dos instrumentos básicos de la seguridad vial en Guatemala; la Ley de Tránsito (Decreto 132-96) y el Reglamento (Acuerdo Gubernativo 273-98) sin embargo, con un análisis de Byron Ramírez, un asesor jurídico de la Asociación de Prevención y Atención de la Seguridad Integral en el Tránsito -APASIT- se desvela cómo el entramado jurídico no es para nada sencillo en Guatemala.

«Existe una atomización de entidades que trabajan en la seguridad vial» explica el abogado. «Comencemos por recordar que la ley mandata al Departamento de Tránsito a ser el rector de la seguridad vial pero al mismo tiempo se le permitió delegar esa alta responsabilidad en otras policías municipales de tránsito, allí se perdió el control» advierte Ramírez.

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Hasta el momento hay 69 municipalidades que aplican la Ley de Tránsito en su municipio, a eso hay que agregar que la Dirección General de Protección y Seguridad Vial -PROVIAL- del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- tiene al igual que la Dirección General de Transporte y otras entidades dentro de ese ministerio (Caminos, Covial y Fovial) otras atribuciones para mejorar el tránsito de los guatemaltecos; confluyen en una administración compleja. «PROVIAL es una especie de policía de tránsito en carreteras, pero sin autoridad para multar» explica el experto.

El Congreso no pareciera tener el interés en revisar todas la leyes implicadas en la seguridad vial como el Código Penal que por ejemplo, tiene un rol en los temas de homicidio culposo, una figura que ha quedado muy al criterio de los jueces. «Esperamos tener un acercamiento con legisladores de las comisiones de seguridad y de comunicaciones para ver si logramos impulsar una revisión que disminuya la impunidad vial» indica Ramírez.

byron.ramirezo@yahoo.com

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